Crimen y castigo: imposición de castigos
Contenido
1. Introducción.............................2
2. Castigo físico......................3
3. Condena..............................7
4. Castigos especiales.......................10
1. Introducción
El actual derecho penal asmodiano se introdujo durante el auge de Pandemónium y desde entonces apenas se ha modificado.
Las posibilidades del castigo se subdividen en castigos físicos y prisión y, en casos especiales, los jueces también suelen imponer castigos especiales.
Los "castigos físicos" consisten en el hostigamiento corporal mediante la flagelación, la marca a fuego, la transformación forzosa, la amputación de alas o similares.
Las penas denominadas de "prisión" consisten en la privación de la libertad, sobre todo mediante trabajos forzados, encarcelamiento o reclutamiento militar forzoso.
Los castigos especiales varían desde las multas (delitos leves) hasta la expulsión del campo etéreo (crímenes graves).
2. Castigos físicos
Flagelación
A menudo se imponen por difamación, maldición, robo.
Un castigo más leve por delitos de menor importancia, con cinco escalas diferentes, de diez a cincuenta latigazos. El juez también determina el arma en función de la gravedad del delito.
Por lo general el castigo se ejecuta en un sitio público.
Marcas a fuego
La marca a fuego sirve para identificar a los delincuentes como tales de forma pública e irrevocable.
Los signos se marcan a fuego en un lugar fácilmente visible y difícil de ocultar, por ejemplo, en la frente.
La mayoría de las veces se impone por delitos con muchas víctimas casuales o por delitos que repugnan a la población general.
Por ejemplo, quien es juzgado por provocar un escándalo público puede estigmatizarse como "degenerado".
Transformación forzosa
Un castigo que humilla al condenado y reprime su conducta.
La forma elegida depende del respectivo delito, de su gravedad y del lugar de los hechos. Muchos jueces prefieren animales de cuatro patas o reptiles.
La forma de un Croaqui se considera especialmente humillante. Cuando se anuncia este castigo, muchos de los condenados piden con los ojos llenos de lágrimas un castigo menos severo.
En casos excepcionales es necesario limitar la libertad de movimiento del delincuente. En estos casos, los jueces eligen la forma de un Anfís (naturalmente, tras extraer previamente los dientes al condenado).
Amputación de alas
La amputación de alas es una tradición antiquísima que se remonta a los orígenes del derecho penal.
Puesto que antes de la Gran Catástrofe era mucho más fácil volar, por entonces la amputación tenía un efecto tremendamente disuasorio.
Hoy, teniendo en cuenta que el éter es escaso y nuestras capacidades de vuelo están disminuyendo, también está disminuyendo la efectividad del castigo. Sin embargo, las alas son el símbolo del Daeva y, por tanto, su amputación, además de la deformación física, constituye al mismo tiempo una considerable humillación.
3. Prisión
Trabajos forzados
Un condenado puede ser encarcelado durante un tiempo determinado y obligado a trabajar. Este castigo está pensado para condenados que han cometido delitos graves, pero que para los que hay perspectivas de mejora.
Si es posible, debería confiarse a los condenados un trabajo duro y vulgar, por ejemplo, la extracción de sal o el trabajo con calderas.
A menudo el castigo fija determinados objetivos de trabajo, por ejemplo, la extracción de 200 sacos de sal o la fabricación de 60 lingotes de acero.
Reclusión
La reclusión sirve para minimizar la influencia de un condenado sobre la sociedad, para lo cual se limita el contacto con los demás mediante encarcelación o repudio.
En consecuencia, es un castigo frecuente para delincuentes ideológicos o políticos, sobre todo aquellos que se oponen a la voluntad de los soberanos sedim o que causan disturbios sociales.
Cuando se repudia a un condenado, la mayoría de las veces los jueces eligen lugares inhóspitos con muy poco éter, como yermos, tundras o islas alejadas.
Reclutamiento militar forzoso
Los condenados al reclutamiento forzoso la mayoría de las veces sirven a la legión en un lugar poco apreciado, normalmente en lugares fronterizos peligrosos o regiones inhóspitas. Además sus uniformes los distinguen de los legionarios comunes.
Muchos condenados eligen el reclutamiento forzoso para evitar los trabajos forzados. El mismo número de condenados se arrepiente de su elección una vez llegan al destino.
Este sistema prácticamente ha desaparecido. Ello se debe a problemas de discriminación en el equipamiento y la manutención, a la desmoralización y a la amenaza de rebelión.
4. Castigos especiales
Multas
Las multas son la forma más frecuente de castigo especial y se imponen por delitos financieros.
En caso de soborno sencillo, se imponen multas a ambos implicados.
En general, se imponen de forma conjunta trabajos forzados y multas. Los condenados pagan diez veces el importe del soborno y deben realizar trabajos físicos.
Todas las multas recaudadas se destinan a ayudar a los desfavorecidos.
Exclusión del campo etéreo
Incluso los jueces llegan a estremecerse cuando se menciona este horrible castigo.
Está a la altura de una sentencia de muerte. Durante la Guerra Milenaria se imponía regularmente por los crímenes más graves. Hoy prácticamente ha dejado de aplicarse.
Todos los expedientes son estrictamente confidenciales y solo pueden abrirse por decisión unívoca de todos los Jueces sombríos anteriores y actuales.